NOTICIAS DIARIAS... jueves, 02 de febrero de 2012

NOTICIAS

 LA GACETA DEL OPOSITOR
 Cursos on line
  -Material de Estudio
 Secretarios e Interventores A. Local
  -Material de Estudio
 Técnicos A. Gral. de la Admón. Local
  -Material de Estudio
 Administrativos de la Admón. Local
  -Material de Estudio
 Auxiliares de la Admón. Local
  -Material de Estudio
 Policías Locales
  -Material de Estudio
 Auxiliares de Bibliotecas
  -Material de Estudio
 Jueces y Fiscales
  -Material de estudio
 Secretarios Judiciales
  -Material de Estudio
 Gestión Procesal y Administrativa
 Tramitación Procesal y Administrativa
 Auxilio Judicial
 Personal Laboral Ministerio de Justicia
 Universidades
 Policía Nacional
 Oposiciones Unión Europea
 Otras convocatorias de interés
 Otras ofertas de empleo pendientes
 Actualidad Judicial
 Actualidad Estatal
 Actualidad Autonómica
 Actualidad Municipal
 Noticias del extranjero
 Cursos y Seminarios
 Artículos de interés
 Premios
 Becas
 Noticias curiosas

SERVICIOS

 Compra de Temarios por la web
NO HAY CREADO NINGUN CANAL

CANALES

 

21 Agosto, 2008 

Anulada una multa de 150 euros por no llevar puesto el cinturón de seguridad debido a tener marcapasos

Un Juzgado de Logroño ha anulado una multa de 150 euros impuesta a un conductor que no llevaba abrochado el cinturón de seguridad por tener colocado un marcapasos, pero que no presentó el correspondiente certificado médico. Por ello, la sentencia considera que el conductor cometió una falta leve, por lo que le condena a pagar una sanción de 30 euros

Este fallo judicial estima parcialmente el recurso interpuesto contra una resolución de la Jefatura Provincial de Tráfico, que desestimó en diciembre de 2006 la reclamación de este conductor.

El conductor argumentó que la Administración no le trasladó la propuesta de resolución ni tampoco la ratificación de la denuncia por parte del agente de Tráfico que le denunció.

El recurrente también invocó diversos vicios de procedimiento, pero el fallo judicial recalca que las denuncias hechas por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico harán fe de los hechos denunciados.

La sentencia insiste en que el conductor infringió el artículo 117 del Reglamento General de Circulación, que obliga a utilizar cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados, correctamente abrochados, tanto en vías urbanas como interurbanas, para el conductor y los acompañantes de los turismos.

Añade que los certificados que el recurrente aportó en el expediente administrativo son de fecha posterior al día que se puso la denuncia, por lo que no quedó acreditado que presentara entonces el documento médico.

Sin embargo, el informe aportado después prueba la exención de llevar abrochado el cinturón, por lo que su actitud sólo supuso un incumplimiento leve de la norma, pero no la infracción de no llevar puesto el cinturón.

Por tanto, el Juzgado considera que se debe imponer al conductor una sanción de 30 euros por una falta leve.